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El Gobierno aprueba la factura electrónica obligatoria entre empresas: plazos y claves del Real Decreto

El Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto que hace obligatoria la factura electrónica B2B. Grandes empresas tienen 1 año para adaptarse, pymes y autónomos 2 años. Te explicamos todo.

El 24 de marzo de 2026 el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto que desarrolla la obligación de factura electrónica entre empresas, prevista desde 2022 en la Ley Crea y Crece (Ley 18/2022). Una norma largamente esperada que convierte en realidad técnica regulada lo que hasta ahora era solo una previsión legal.

¿Qué aprueba exactamente este Real Decreto?

El Real Decreto establece el marco técnico y operativo para la factura electrónica B2B obligatoria: la obligación de que las transacciones entre empresas se facturen mediante ficheros electrónicos estructurados de lectura automatizada, en lugar de simples PDFs o papel.

Incluye además la creación de una plataforma pública gratuita gestionada por la Agencia Tributaria, para que cualquier empresa pueda emitir y recibir facturas electrónicas sin coste adicional.

Los plazos según el tamaño de empresa

Los plazos se cuentan desde la publicación de la Orden Ministerial técnica, prevista antes del 1 de julio de 2026:

| Tipo de empresa | Plazo de adaptación | |---|---| | Grandes empresas (facturación > 8 millones €/año) | 1 año | | Pymes y autónomos (resto) | 2 años |

Es decir, las grandes empresas podrían estar obligadas hacia mediados de 2027 y el resto hacia mediados de 2028.

¿Qué tiene que hacer la factura electrónica B2B?

La norma define la factura electrónica como un fichero estructurado de lectura automatizada. Además de emitirla, las empresas deberán informar del estado de cada factura: si ha sido aceptada y cuándo se ha pagado efectivamente.

Este último punto es clave: uno de los objetivos declarados del Gobierno es reducir la morosidad empresarial. España tiene uno de los plazos de pago más altos de la UE, con una media de 80 días. El ministro Carlos Cuerpo estimó que la medida podría generar ahorros de hasta 8.000 millones de euros anuales en la economía.

¿Qué cambia para mí ahora mismo?

Nada en la operativa diaria. El Real Decreto no impone ninguna obligación inmediata ni sanciones a partir de hoy. Lo que cambia es que la factura electrónica pasa de ser una previsión vaga a tener un calendario y un marco técnico concreto.

Los pasos a seguir son:

  1. Estar informado del calendario definitivo cuando se publique la Orden Ministerial técnica (antes de julio 2026)
  2. Verificar que tu software de facturación estará preparado para emitir y recibir el formato requerido
  3. Comenzar la adaptación con tiempo para no llegar al límite apurado

¿Esto es lo mismo que VeriFactu?

No. Son dos obligaciones distintas que se complementan:

  • VeriFactu: afecta a tu software de facturación (integridad de registros, hash, QR). Obligatorio para empresas en enero 2027 y autónomos en julio 2027.
  • Factura electrónica B2B: afecta a cómo envías las facturas a otras empresas (formato electrónico estructurado). Obligatorio según los nuevos plazos del Real Decreto.

Un buen software de facturación deberá cumplir con ambas normativas. Es el momento de elegir bien la herramienta que vas a usar.


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